Cesión de derechos de un acuerdo de inversión
En las relaciones de inversión se puede dar una situación, cuando un inversor que ha invertido dinero en una empresa emergente, pierde el interés hacia el proyecto. ¿Qué se puede hacer en tal situación, y sobre todo, si el contrato de inversión no prevé para el inversor la posibilidad de devolución de los medios invertidos, antes de que el proyecto sea realizado?
En este caso se puede formalizar un contrato de cesión de derechos (reclamaciones) de un acuerdo de inversión.
Según las condiciones del contrato de cesión de derechos (reclamaciones) el inversor le traspasa sus derechos a un tercero bajo condición remunerada. A partir de la entrada del contrato en vigor, todos los derechos y obligaciones se transfieren al nuevo inversor, y éste se convierte en una parte independiente del acuerdo de inversión.
Como regla general, no se requiere el consentimiento de la empresa emergente para la formalización de un contrato de cesión de derechos (reclamaciones) de un acuerdo de inversión.
La cesión de derechos (reclamaciones) por un acuerdo de inversión, también es posible, cuando no es posible recuperar los medios invertidos con la empresa emergente, mientras que de conformidad con las condiciones del acuerdo de inversión, tal recuperación es de carácter obligatorio. El inversor, a cambio del pago de una cantidad parcial de sus inversiones, puede ceder el derecho de reclamación del importe completo de las inversiones a un tercero, que cobrará la deuda en orden judicial.
De esta forma, la cesión de derechos (reclamaciones) de un acuerdo de inversión, ofrece tanto la posibilidad de sustituir a un inversor, en caso de que este pierda el interés hacia el proyecto, como «vender» la deuda de la empresa emergente, para salir de un proyecto «sin éxito», devolviendo aunque sea parte del dinero invertido.
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