Disputas corporativas
Las disputas corporativas son una de las categorías de casos más habituales que se analizan en los juzgados. Suceden a causa de las diferencias entre la visión de las cosas por los participantes, por las personas vinculadas a una entidad jurídica (accionistas, constituyentes, directores, representantes) o entre una persona jurídica y sus participantes.
Principales causas del surgimiento de las disputas corporativas:
- desacuerdos en cuestiones de dirección de la organización. Esto puede incluir disputas sobre los poderes de los órganos de dirección, en la toma de decisiones, distribución de los beneficios, dividendos y otras cuestiones;
- desacuerdos en cuestiones de modificación del estatuto, documentos de constitución, registro de cambios en el Registro Único Estatal de Personas Jurídicas (EGRYUL);
- desacuerdos en cuestiones de derechos sobre acciones, participaciones en el capital estatuario, cuotas y otros valores;
- conflictos relacionados con la quiebra de una entidad jurídica y disputas de negociaciones;
- desacuerdos entre socios en cuestiones de división de bienes, liquidación de una entidad jurídica, pago de compensaciones, etc.
En caso de que no sea posible solucionar la disputa corporativa dentro de la organización, los participantes se dirigen al juzgado.
Juzgado de arbitraje - es la forma más habitual de solución de disputas corporativas. Supone dirigirse a un juzgado estatal con una demanda de protección de los derechos e intereses infringidos.
Juzgado de tercería - es una forma alternativa de resolución de disputas que supone dirigirse a un juez arbitrador independiente para la solución de la disputa.
La disputa judicial empieza por la presentación de la demanda donde se especifican todas las circunstancias del caso y las exigencias del demandante. El juzgado analiza la demanda, analiza el caso de forma preliminar y fija una fecha para la vista principal del caso.
Las consecuencias de la resolución de las disputas corporativas pueden comprender diferentes medidas de responsabilidad, tales como la indemnización de pérdidas, pago de compensaciones, asimismo como la privación del derecho para la participación en corporaciones.
Si en su compañía está a punto de surgir un conflicto corporativo, no espere cuando sea tarde. Póngase en contacto con nosotros, valoraremos las perspectivas y le propondremos las formas para salir de la situación resultante, y en el futuro le ayudaremos a proteger sus intereses en el juzgado.
En esta categoría entran las disputas relacionadas con la creación, dirección y participación en una entidad jurídica.
En la práctica, son de gran frecuencia los casos, cuando se apelan decisiones tomadas en la junta general de participantes, las acciones del órgano ejecutivo de dirección de la empresa, así como las disputas, relacionadas con la indemnización de daños causados a la entidad jurídica.
Sin embargo, no sólo en grandes empresas surgen desacuerdos entre los participantes o accionistas, cuando uno o varios participantes (accionistas) no están de acuerdo con las decisiones tomadas o dudan de su competencia. En las pequeñas empresas también existe este problema, ya que este tipo de negocios normalmente lo crean amigos o familiares, y las relaciones se basan en la confianza.
Un participante deshonesto, con el tiempo intentará obtener mayor control sobre la dirección de la empresa o, al revés, creará obstáculos para el desarrollo y la actividad de la organización, por ejemplo, dejando de participar en las reuniones y dejando de votar en cuestiones importantes, que necesitan el 100% de los votos para que pueda tomarse una decisión.
Para evitar o reducir al mínimo la probabilidad de un litigio relacionado con disputas corporativas, es importante redactar correctamente la escritura de constitución de la compañía. Preste especial atención a las disposiciones de traspaso de participaciones, procedimientos de salida de la sociedad, celebración de reuniones y votación en las mismas.
Una característica particular de las disputas corporativas es su jurisdicción. Este tipo de disputas únicamente están sujetas a la jurisdicción de los tribunales de arbitraje. En algunos casos exclusivos, pueden ser consideradas ante un tribunal arbitral, pero nunca se ven en un juzgado de jurisdicción general.
Por lo demás, las demandas se analizan según las normas generales de los procedimientos judiciales de reclamación.
Si en su compañía está a punto de surgir un conflicto corporativo, no espere a que sea tarde. Póngase en contacto con nosotros, le ayudaremos a valorar las perspectivas y a defender sus intereses en el juzgado.